¿Por qué mi hijo necesita un NIF?

Es importante estar identificados

El NIF tiene una gran importancia, ya que nos identifica ante todo procedimiento que genere alguna obligación fiscal, ya sea por liquidación de impuestos o por el mero control de las operaciones, por ejemplo, cuando realizamos movimientos entre cuentas. ​De hecho, siempre tendremos que incluir el NIF en todas las autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones o escritos que se presenten ante la Administración Tributaria.

Existen dos supuestos en los que las personas físicas de nacionalidad española no tienen la obligación de disponer de DNI: Los españoles mayores de 14 años que residan en España, así como todos los españoles que residan en el extranjero y vayan a trasladar su residencia a España por un tiempo superior a 6 meses.

El primer caso es el más habitual, y aunque hay familias que lo expiden antes por distintas necesidades, por ejemplo, al tener que realizar algún viaje al extranjero o hacer un desplazamiento en avión; son también muchas las que no lo hacen hasta que su hijo/a alcanza los 14 años.​

Por qué un menor necesita tener un NIF

El NIF nos sirve para cumplir con nuestras obligaciones fiscales. En concreto, la Agencia Tributaria obliga a que todos los ciudadanos que tengan algún tipo de obligación fiscal a disponer de un NIF, y, para el caso de los menores de 14 años sin DNI establece un procedimiento según el cual, se puede obtener para el menor un Número de Identificación Fiscal provisional que le identifique hasta obtener el DNI y NIF definitivo.

¿Qué razones llevan a que tengamos que solicitar un NIF a un menor?

Principalmente son dos:

  • La contratación de un producto financiero en el que el menor es titular: abrir una cuenta de ahorro para un menor en la que depositar pequeñas cantidades, regalos de primera comunión, etc. es muy habitual. Esta apertura, que antes se realizaba identificando a sus representantes legales (los padres), ahora requiere identificar al titular menor con su NIF. Esto se extrapola a cualquier producto o servicio financiero en el que el menor sea titular, como la compra de acciones a su nombre.
  • Ayudas, deducciones o subvenciones en la que el menor sea beneficiario: es necesario para la obtención de las deducciones por familia numerosa o descendiente con discapacidad. La normativa lo indica claramente: “los solicitantes, así como los descendientes y ascendientes con discapacidad que se relacionen en la solicitud deben disponer de Número de Identificación Fiscal (NIF) sin el que no se podrá presentar la solicitud”. Al estar sujeta a que todos los miembros de la unidad familiar cumplan los requisitos, es obligatorio identificar a todos.

¿Cómo solicito el NIF provisional a Hacienda?

El proceso es sencillo. Tan solo hay que solicitar en la Agencia Tributaria a la que pertenezcamos el alta en el Censo de obligados tributarios y NIF cuando no se disponga de DNI/NIE a través del modelo 030, que se puede presentar de distintas maneras conforme se detalla en la web de la Agencia Tributaria (electrónicamente, en papel, a través de gestor administrativo o de una entidad de crédito, etc.). Tras la presentación, obtendremos una carta con el NIF del menor, que, para diferenciarse de los números definitivos, comenzará siempre por la letra K.

¿Qué me conviene más?

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Por supuesto, siempre queda la opción de solicitar el DNI del menor y con ello tener un NIF definitivo desde el principio. Ambas opciones tienen pros y contras:

Por todo ello, es importante evaluar las circunstancias personales de cada persona y familia, y optar por la forma de obtención que decidamos que más nos beneficia.​