Seis productos de inversión con ventajas fiscales
Son muchas las alternativas de inversión con ventajas fiscales. Sin embargo, cada una funciona de forma diferente, por lo que es muy necesario comprenderlas para elegir la más adecuada a nuestras necesidades y, sobre todo, a nuestro perfil de riesgo. Estas son algunas de las más importantes.
Fondos de inversión
La ventaja más importante de los fondos de inversión es que nos permiten realizar traspasos entre ellos sin tener que pagar en nuestra declaración por las plusvalías que habíamos acumulado en el fondo del que hemos salido. Eso hace que podamos retrasar el pago de impuestos por los rendimientos de nuestros ahorros de forma indefinida, hasta que reembolsemos total o parcialmente con ganancias.
Planes de pensiones.
Nos permiten reducir nuestra base imponible, lo que hace que tengamos que pagar menos en el ejercicio que efectuamos las aportaciones. Aunque existen casos especiales, como regla general, podremos aportar hasta 8.000 euros al año con un límite del 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas. No obstante, tendremos que declarar las prestaciones en el momento en que las cobremos.
Planes de previsión asegurados
Gozan de ventajas fiscales semejantes a los planes de pensiones, pero instrumentados a través de un seguro. A diferencia de los planes de pensiones, deben garantizar una rentabilidad mínima.
Rentas vitalicias
En las rentas vitalicias, una parte de la renta que percibimos en cada período se declara como rendimiento del capital mobiliario. La cuantía exacta depende de la edad: cuanto más mayores somos al constituirlas, menos tenemos que declarar.
Además, en mayores de 65 años, nos permiten no tener que declarar determinadas ganancias patrimoniales como las obtenidas de la venta de una vivienda o un fondo de inversión, siempre que ese importe se reinvierta en una renta vitalicia.
Planes individuales de ahorro sistemáticos (PIAS)
Si han pasado cinco años desde las primeras aportaciones a un PIAS, los rendimientos generados hasta el momento de la constitución de una renta vitalicia quedan exentos. Posteriormente, como en otras rentas vitalicias, se declara solamente una parte de la renta en función de la edad y como rendimientos del capital (que normalmente tributan a tipos más bajos).
Planes de ahorro a largo plazo
Tanto los SIALP (instrumentados a través de seguros de vida) como los CIALP (que lo hacen a través de depósitos y otros contratos financieros) cuentan con la ventaja de no tener que declarar las ganancias que obtengamos con ellos si desde la primera aportación hasta que lo retiremos han pasado cinco años. Por eso también se les llama planes de ahorro cinco. Podemos aportar hasta 5.000 euros al año.