La reforma fiscal y su impacto en mi economía como autónomo
La reforma fiscal que entró en vigor en el mes de enero tiene novedades muy importantes para la mayor parte de los contribuyentes, incluyendo algunos colectivos como los trabajadores autónomos que se beneficiarán de las novedades impositivas que introduce esta reforma.
Algunos autónomos ya han comenzado a sentir alguna de las novedades principales de la reforma fiscal. Y es que, desde el mes de julio, muchos trabajadores por cuenta propia ya han comenzado a percibir una rebaja en las retenciones a cuenta del IRPF. En concreto, aquellos trabajadores por cuenta propia con rentas inferiores a 15.000 euros que supongan más del 75% de la suma de sus rendimientos íntegros han visto aumentada su renta, puesto que el IRPF se ha rebajado del el 21% al 15%.
Para el resto de autónomos, las novedades ha comenzado a partir del mes de enero, ya que las reducciones impositivas se introducen con la entrada en vigor de la reforma fiscal. En concreto, el IRPF se reducirá en dos años de forma progresiva, del 21% al 19% a partir del 1 de enero de 2015 y se reducirá otro punto porcentual a partir del 1 de enero de 2016, hasta el 18%.
Además de todas estas reducciones, se han aprobado una serie de novedades que afectan a los autónomos de manera notable:
- Los autónomos societarios que desempeñen una actividad profesional remunerada para su sociedad deberán facturar por factura, valga la redundancia, y no por nómina como sucedía hasta ahora.
- Con respecto a las desgravaciones a las que tenían derecho los autónomos, desaparece la limitación de 4.500 euros anuales para las deducciones por las cantidades abonadas a mutualidades cuando actúen como alternativa al régimen de autónomos.
- Además, los gastos de difícil justificación que tienen derecho a deducción se limitan a un máximo de 2.000 euros anuales, cuando hasta ahora se limitaba al 5% del rendimiento neto obtenido por el trabajador autónomo.
- Con respecto a la obtención de rendimientos irregulares, se establece un límite de 300.000 euros sobre el que aplicar la reducción y se disminuye el porcentaje de reducción del 40% al 30%, además de exigirse que se perciban en un sólo período impositivo.
- Se establecen, asimismo, nuevos criterios para la aplicación del régimen de estimación objetiva, más conocido como régimen de módulos como, por ejemplo, las actividades que pueden acogerse a esta actividad así como el volumen de ingresos máximo.
En definitiva, las condiciones de los autónomos han cambiado. Cada caso es particular y el impacto sobre cada trabajador será diferente. En cualquier caso, la reducción en los tipos impositivos ya es motivo más que suficiente como para mostrarse optimistas con respecto al futuro que este colectivo tiene dentro de la sociedad española.