¿Cómo cobrar un seguro de vida?
El seguro de vida es uno de los tipos de seguros más conocidos dentro del sector asegurador español. Su objetivo es cubrir la falta de ingresos de su titular que pueden aparecer como consecuencia de un accidente, una enfermedad grave o el fallecimiento de su titular.
Pero, ¿qué ocurre cuando el titular fallece? ¿Qué hay que hacer en esos casos? A continuación, te explicamos todos los pasos que debes seguir para cobrar un seguro de vida.
¿Cuáles son las coberturas de un seguro de vida?
Antes de saber cómo cobrar un seguro de vida, debes conocer qué cubre exactamente este tipo de seguros. Pues bien, y aunque las condiciones de un seguro de vida cambian de una póliza a otra, existen una serie de coberturas que suelen estar recogidas en todas ellas.
La cobertura básica es la indemnización en caso del fallecimiento del tomador del seguro. Sin embargo, existen diferentes situaciones en las que la empresa aseguradora no paga la suma pactada, aunque haya fallecido el asegurado. Algunas de ellas son:
- En el caso de actos que impliquen confrontaciones militares o civiles.
- Si su fallecimiento se produce como consecuencia de la práctica de deportes de riesgo, como las carreras de coches o el alpinismo.
- Accidentes producidos por fenómenos naturales como erupciones volcánicas, terremotos o inundaciones.
- Muerte ocasionada por un beneficiario de manera dolosa.
A partir de esta cobertura principal, cada aseguradora diseña sus pólizas con más o menos opciones, unificando una lista de garantías complementarias que puedes sumar a la póliza para complementarla. Entre estas coberturas se encuentran:
- Invalidez absoluta permanente.
- Enfermedad grave.
- En el caso de un seguro de vida ahorro, el asegurado recibe una suma que depende de las primas satisfechas llegada una determinada edad, sin fallecer.
La indemnización del seguro de vida depende del capital asegurado. Dependiendo de la edad del tomador del seguro, de las coberturas contratadas y de este capital, también dependerá la prima del seguro a pagar.
Requisitos para cobrar un seguro de vida
Si se cumplen alguna de las condiciones que dan derecho al cobro del seguro de vida, el beneficiario podrá cobrar la indemnización correspondiente. Eso sí, los pasos a seguir serán diferentes en función del supuesto que haya dado origen a este cobro.
Fallecimiento
El fallecimiento del asegurado es el supuesto más habitual. En ocasiones, ni siquiera sabemos si la persona fallecida contaba con un seguro de este tipo. En estos casos, puedes verificarlo acudiendo al Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimientos, un registro público dependiente del Ministerio de Justicia. Eso sí, deben pasar al menos 15 días desde el fallecimiento para presentar la solicitud.
Una vez hayas acreditado que la persona fallecida tenía un seguro de vida y que tú constas entre los beneficiarios, deberás dirigirte a la aseguradora correspondiente y notificar el fallecimiento del asegurado en un plazo máximo de siete días desde la defunción. Para ello, deberás contar con un certificado de defunción, expedido por el Registro Civil.
Invalidez permanente
En caso de una incapacidad permanente, deberás obtener la certificación oficial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y dirigirte a la entidad aseguradora con la que tienes contratada la póliza para ponerles en conocimiento esta situación, solicitando la reclamación de la indemnización.
Seguro de vida temporal
En este tipo de seguro, el asegurado paga una prima durante un período de tiempo determinado (por ejemplo, 10 años) y, si fallece durante ese período, la compañía de seguros pagará una cantidad establecida previamente (la suma asegurada) a los beneficiarios designados. Para cobrarlo, se deben segur los mismos pasos que en el seguro de vida tradicional, pero si el asegurado sobrevive al período de cobertura, el seguro expire sin que se haya producido ningún pago.
Documentos necesarios para cobrar un seguro de vida
Aunque cada aseguradora establece su propio protocolo, hay una serie de documentos habituales que suelen solicitar para proceder al pago del seguro. Entre ellos, te pedirán:
- La póliza de vida suscrita.
- Acta de nacimiento del asegurado o el DNI.
- Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y copia del último testamento o declaración notarial de herederos.
- Certificado de matrimonio, en caso de que seas cónyuge.
- Identificación de los beneficiarios (por ejemplo, libro de familia en caso de que seas hijo).
- Liquidación y carta del pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
- En caso de accidente: diligencias judiciales, atestado y autopsia.
¿Cuándo se cobra el seguro de vida?
Una vez te hayan confirmado el cobro de la indemnización, y conforme al artículo 40 de la Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, la aseguradora dispone de hasta 40 días desde la notificación del siniestro y la entrega de toda la documentación para efectuar el pago de la cuantía asegurada o, al menos, del denominado importe mínimo.
¿Cómo se cobra el seguro de vida?
La indemnización de un seguro de vida se puede cobrar de tres formas:
- Como pago único.
- Como una renta vitalicia, estimando la esperanza de vida del beneficiario y dividiendo el capital en cuotas mensuales.
- Como una renta temporal, durante unos años que establece el propio beneficiario.
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