Lo esencial sobre la tarifa plana de autónomos
La tarifa plana de los autónomos ha sido noticia recientemente por la reciente modificación de su régimen legal que, entre otros aspectos, ha alargado su período de disfrute. En esta entrada explicaremos lo que hay que conocer para poder beneficiarse de ella.
¿En qué consiste la tarifa plana de autónomos?
La mayoría de los autónomos cotizan por la base mínima y, en consecuencia, pagan la cuota mínima a la Seguridad Social. Sin embargo, algunas personas desisten de su intención de iniciar una actividad como autónomo por tener que pagar la cuota correspondiente que, a veces, puede provocar pérdidas en el negocio. En ese sentido, la tarifa plana de autónomos pretende ser un incentivo al emprendimiento.
De lo que se trata es de que, aunque solamente paga 50 euros mensuales, el autónomo cotiza a la Seguridad Social como si lo hubiese hecho por la base mínima. Si el autónomo cotiza por una base superior a la mínima, tendrá que pagar lo que le corresponda menos un 80% de lo que le hubiese estado obligado a satisfacer en caso de haber cotizado lo mínimo.
¿Quiénes pueden acceder a la tarifa plana de autónomos?
Básicamente, quienes no hayan estado dados de alta de autónomos en los dos años anteriores. Ese es el requisito legal. Esa es una de las novedades introducidas por la reforma, ya que se venía exigiendo un período de cinco años.
Ante las dudas que se han presentado en el pasado, la nueva redacción de la ley aclara que los autónomos que lo sean por ser administradores de una sociedad podrán beneficiarse de la tarifa plana “siempre que tengan funciones de dirección y gerencia y relación profesional habitual con la misma”.
Además, la ley también dice explícitamente que, si cumplen los requisitos, también es de aplicación a:
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los socios de sociedades laborales
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los socios trabajadores de Cooperativas de Trabajo Asociado que estén encuadrados en el régimen de autónomos
¿Durante cuánto tiempo puede un autónomo beneficiarse de la tarifa plana?
Tras la reforma legal, la tarifa plana de 50 euros se disfruta durante un año. Tras ese período, como regla general, hay otro en el que se puede obtener beneficios como reducciones y bonificaciones en la cuota a la Seguridad Social, tal como muestra la siguiente tabla:
Período | Bonificación que puede disfrutar |
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Seis meses siguientes | 50% de reducción |
Del séptimo al decimosegundo mes | 30% de reducción |
Además, los varones menores de 30 años o mujeres menores de 35 años, podrán seguir disfrutando de la bonificación de un 30% de la cuota mínima durante un período adicional de 12 meses.