¿Un autónomo tiene derecho a paro? Descúbrelo aquí
Para muchos autónomos, la seguridad y estabilidad financiera son preocupaciones constantes. Uno de los mayores temores es el cese de la actividad y las dudas que surgen sobre las prestaciones disponibles en esos momentos difíciles. Una pregunta frecuente es: ¿un autónomo tiene derecho a cobrar el paro? Comprender los derechos y las condiciones que afectan a los trabajadores por cuenta propia es crucial para estar bien preparado y tomar decisiones informadas.
¿Un autónomo puede cobrar el paro?
Sí, un autónomo puede acceder al paro, aunque en este casos se denomina “ prestación por cese de actividad” cumpliendo una series de requisitos. El importe que reciban dependerá de las cotizaciones realizadas durante ese periodo. Es importante tener en cuenta que los autónomos deben cumplir con ciertos requisitos adicionales,
El sistema de protección por cese de actividad para los autónomos, conocido coloquialmente como "paro de los autónomos", está diseñado para brindar apoyo en situaciones de cese de actividad por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, así como por motivos de fuerza mayor.
Requisitos de un autónomo para cobrar la prestación por cese de actividad
Período de cotización: El autónomo debe haber cotizado al menos 12 meses continuados e inmediatamente anteriores al cese de la actividad. Estas cotizaciones deben ser al sistema específico de cese de actividad, que es una cobertura adicional a la cotización estándar de los autónomos.
Cese de actividad involuntario: El cese debe ser por causas económicas, técnicas, productivas, organizativas o de fuerza mayor. Esto incluye pérdidas económicas sustanciales, situaciones de violencia de género, divorcio o separación matrimonial cuando se trabaja en una empresa familiar, y motivos estructurales de la empresa.
Afiliación y alta en el régimen correspondiente: El autónomo debe estar afiliado y en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social.
Inscripción como demandante de empleo: Tras cesar su actividad, el autónomo debe inscribirse como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo y mantenerse inscrito durante todo el periodo de percepción de la prestación.
Documentación justificativa del cese de actividad: Es necesario presentar documentación que acredite el cese de la actividad y sus causas. Esto puede incluir balances económicos, declaraciones de impuestos, contratos comerciales y otros documentos que prueben la inviabilidad de continuar con la actividad. Asimismo el autónomo debe declarar formalmente el cese de su actividad a través de los formularios y procedimientos establecidos por la Seguridad Social y los servicios de empleo.
Compromiso de actividad: El autónomo debe firmar un compromiso de actividad que implica la búsqueda activa de empleo, la aceptación de ofertas adecuadas y la participación en acciones de formación y reciclaje profesional ofrecidas por los servicios públicos de empleo.
Carencia de deudas: No debe tener deudas pendientes con la Seguridad Social. En caso de tenerlas, se debe proceder a su regularización antes de solicitar la prestación.
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¿Cuánto cobra un autónomo de paro?
El importe que un autónomo puede cobrar de paro, también conocido como prestación por cese de actividad, depende principalmente de las bases de cotización que haya elegido durante su vida laboral.
La cuantía de la prestación, durante todo su período de disfrute, se determinará de manera general aplicando a la base reguladora el 70 por ciento, aunque hay ciertos factores adicionales que pueden influir en la cuantía de la prestación. Por ejemplo, los autónomos con responsabilidades familiares pueden tener derecho a una cantidad mayor
Asimismo, es importante señalar que existen unos límites mínimos y máximos establecidos por la ley, que pueden variar anualmente. Actualmente, la cuantía máxima de la prestación por cese de actividad será del 175 por ciento del IPREM (indicador público de rentas de efectos múltiples), salvo cuando el trabajador autónomo tenga uno o más hijos a su cargo, en cuyo caso la cuantía será, respectivamente, del 200 por ciento o del 225 por ciento de dicho indicador. La cuantía mínima de la prestación por cese de actividad será del 107 por ciento o del 80 por ciento del IPREM, según el trabajador autónomo tenga hijos a su cargo, o no, no aplicándose si el autónomo ha cotizado por debajo del mínimo.
Es crucial que los autónomos revisen periódicamente sus bases de cotización para asegurarse de que están cotizando lo suficiente como para recibir una prestación adecuada en caso de cese de actividad.
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¿Cuántos meses de paro va a cobrar un autónomo?
La duración de la prestación por cese de actividad para un autónomo depende del período de cotización acumulado en el momento del cese. Es decir, cuanto más tiempo haya cotizado el autónomo, más meses de prestación tendrá derecho a recibir.
De acuerdo con la normativa vigente, la duración de la prestación por cese de actividad se estructura de la siguiente maner
Periodo de cotización (Meses) | Periodo de la protección (meses) |
---|---|
De 12 a 17 meses | 4 |
De 18 a 23 meses | 6 |
De 24 a 29 meses | 8 |
De 30 a 35 meses | 10 |
De 36 a 42 meses | 12 |
De 43 a 47 meses | 16 |
De 36 a 42 meses | 24 |
Es importante tener en cuenta que estos períodos pueden estar sujetos a cambios según la legislación vigente.
La duración de la prestación es fundamental para planificar las finanzas personales y buscar nuevas oportunidades laborales o empresariales durante este tiempo.
¿Cómo puede un autónomo solicitar el paro?
Solicitar la prestación por cese de actividad requiere seguir un proceso específico y presentar la documentación adecuada para demostrar el cese involuntario de la actividad. A continuación, se detallan los pasos que un autónomo debe seguir para solicitar el paro:
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Reunir la documentación necesaria: El primer paso es recopilar todos los documentos que acrediten el cese de actividad y las causas que lo motivaron. Esto incluye balances económicos, facturas, contratos comerciales, declaraciones de impuestos y cualquier otro documento que demuestre la inviabilidad de continuar con la actividad.
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Presentar la solicitud: La solicitud de la prestación debe presentarse en la mutua colaboradora con la Seguridad Social o en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), dependiendo de dónde haya estado cotizando el autónomo. La solicitud debe incluir toda la documentación reunida en el primer paso.
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Cumplir con las obligaciones: Una vez presentada la solicitud, el autónomo debe cumplir con todas las obligaciones requeridas, como participar en programas de formación y reciclaje profesional.
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Esperar la resolución: Tras presentar la solicitud, las autoridades revisarán la documentación y emitirán una resolución. Si la solicitud es aprobada, el autónomo comenzará a recibir la prestación por cese de actividad. Es importante mantenerse en contacto con la mutua o el INSS para seguir el estado de la solicitud y resolver cualquier duda o incidencia que pueda surgir.
Solicitar la prestación por cese de actividad como autónomo puede parecer complicado, pero siguiendo estos pasos y asegurándose de cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación correcta, el proceso puede ser mucho más sencillo. Además, contar con un buen asesoramiento legal y fiscal puede ser de gran ayuda para garantizar que la solicitud se realice correctamente y sin problemas.
Además de esta prestación de los autónomos, existen en el mercado determinados , que proporcionan un respaldo financiero destinado específicamente a cubrir situaciones en las que el autónomo no puede trabajar debido a una baja médica.
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